Proceso de Eximición de Avance Curricular Becas Mineduc 2025

Te informamos que, en el caso que no cumplas con el avance curricular para mantener tu Beca Mineduc (con la cual estudiaste en el año 2024), podrás solicitar a la Dirección de Financiamiento Estudiantil que presente tu caso ante el Ministerio de Educación para la eximición del avance curricular la cual puedes gestionar desde esta web en “Gestiona tu Caso” (https://www.unab.cl/servicioestudiante/login-gestiona-caso/)  adjuntando la documentación requerida.

El proceso de eximición del avance curricular es una instancia formal, por medio de la cual, los estudiantes, a través de la Universidad Andrés Bello, tienen la posibilidad de solicitar al Ministerio de Educación por una única vez no considerar dentro de los requisitos de renovación; el cumplimiento del avance curricular para el proceso de Renovación de Beca Mineduc 2025.

Solamente pueden participar de este proceso los estudiantes que se encuentren matriculados para el periodo 2025-10 y cumplan con la duración residual de la Beca.

Cronograma del Proceso:

PROCESODESCRIPCIÓNINFORMACIÓNFECHA DE INICIOFECHA DE TÉRMINO
Apelación becas externas 2º2º período para los Estudiantes Renovantes de Becas Mineduc que no cumplieron con el avance curricular puedan realizar la apelación ante el Estado a través de la web https://www.unab.cl/servicioestudiante/Pública28-05-202504-06-2025
Apelación becas externas 3º3º período para los Estudiantes Renovantes de Becas Mineduc que no cumplieron con el avance curricular puedan realizar la apelación ante el Estado a través de la web https://www.unab.cl/servicioestudiante/Pública31-07-202507-08-2025
Apelación de becas externas 1º1º proceso para los Estudiantes Renovantes de Becas Mineduc que no cumplieron con el avance curricular puedan realizar la apelación ante el Estado a través de la web https://www.unab.cl/servicioestudiante/Pública29-01-202521-03-2025

Resultados:

Los resultados serán publicados en la página web: https://resultados.beneficiosestudiantiles.cl/

¿Cuáles son las causales y documentación que el Estudiante debe presentar para la eximición del avance curricular?

Causal de Eximición de Avance AcadémicoDocumentación de Respaldo requerida
Enfermedad catastrófica Estudiante
  • Certificado médico con timbre y firma del facultativo. Debe indicar el periodo durante el cual el alumno
    no pudo cumplir con el requisito de avance académico.
  • Carta explicativa (carta en donde el Estudiante explique lo más detallado posible la situación)
Salud – Accidente Grave
Enfermedad catastrófica Sostenedor
  • Certificado médico con timbre y firma del facultativo.
  • Carta explicativa (carta en donde el Estudiante explique lo más detallado posible la situación)
Enfermedad catastrófica Hijo
Fallecimiento Familiar Directo(Padre, Madre, Hijo o Hermano)
  • Certificado de Defunción.
Catástrofes en la Vivienda(Incendios, Derrumbes, etc.)
  • Documento que respalde la causal.
  • Carta explicativa (carta en donde el Estudiante explique lo más detallado posible la situación)

¿Dónde presentar la documentación?

La documentación debe ser presentada a través de Gestiona tu caso  https://www.unab.cl/servicioestudiante/login-gestiona-caso/ dentro de los plazos anteriormente informado.

Consideraciones:

  • El documento debe ser legible y venir en formato .pdf
  • Para los estudiantes que tengan admisión 2024, pueden participar del proceso sólo si el porcentaje de aprobación durante el año 2024 fue menor o igual a 59,9%.
  • Para los estudiantes que tengan admisión menor o igual a 2023, pueden participar del proceso sólo si el porcentaje de aprobación durante el año 2023 es menor o igual a 69,9%.
  • Para calcular el avance curricular, debe contar todas las asignaturas aprobadas durante el año 2024 (primer y segundo semestre) y dividirlo por el total de asignaturas inscritas durante el año 2024 (primer y segundo semestre).
  • No se consideran para efectos de renovación las asignaturas impartidas en cursos de verano ni asignaturas que no se encuentren en escala 1.0 a 7.0
  • Si el estudiante ya presentó una eximición del avance curricular, no podrá nuevamente participar.
  • El estudiante debe estar matriculado (manteniendo su calidad de alumno regular) al momento de elevar el requerimiento.